sábado, 5 de junio de 2010

SOCIEDADES

SOCIEDADES


La sociedad mercantil o sociedad comercial es aquella sociedad que tiene por objeto la realización de uno o más actos de comercio o, en general, una actividad sujeta al derecho mercantil. Se diferencia de un contrato de sociedad civil.


 SOCIEDAD COLECTIVA

• Nombre o Razón Social. Nombre y apellidos de uno o varios socios seguido de la expresión & compañía, hermanos e hijos.
• Tipo de socios. Socios
• Capital Social. El capital se divide en partes de interés cuyo valor puede ser desigual.
• Número de socios o accionistas. Mínimo 2 y no hay límite máximo.
• Responsabilidad de los socios. Solidaria e ilimitada.
• Órganos sociales. Junta de socios, Representante Legal
• Cesión de participaciones sociales. Requiera autorización expresa de los consocios y reforma estatutaria.
• Pago de Capital. En la escritura de la constitución de la sociedad de los socios se obligan a hacer un aporte
• Revisor Fiscal. No requiere.

 SOCIEDAD EN COMANTIDA SIMPLE

• Nombre o Razón Social. Nombre o apellido de los socios que tienen responsabilidad ilimitada, seguido de y cía. s en c.
• Tipo de socios. Colectivos o Gestores y Comanditarios
• Capital Social. El capital se divide en cuotas de igual valor que confieren un voto a cada una. Se integra con los aportes de capital de los socios comanditarios y colectivos
• Número de socios o accionistas. Mínimo un socio gestor y máximo 25 socios comanditarios.
• Responsabilidad de los socios. Solidaria e ilimitada la de los socios gestores.
• Órganos sociales. Junta de socios y Representante Legal
• Cesión de participaciones sociales. Los socios comanditarios pueden ceder sus cuotas libremente. Los socios gestores requieren autorización expresa de los demás comanditarios.
• Pago de Capital. Pagar la totalidad del capital en el momento de la constitución de la sociedad.
• Revisor Fiscal. No requiere.





 SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES

• Nombre o Razón Social. Nombre de la empresa seguida por la expresión S.C.A (sociedad en comandita por acciones)
• Tipo de socios. Colectivos o Gestores y Comanditarios
• Capital Social. El capital se divide en acciones de igual valor y es integrado por los aportes de los socios colectivos y comanditarios.
• Número de socios o accionistas. Mínimo un socio gestor y cinco comanditarios y no hay límite máximo.
• Responsabilidad de los socios. Hasta el monto de sus aportes, la de los socios comanditarios.
• Órganos sociales. Asamblea de asociados y Representante legal.
• Cesión de participaciones sociales. Las acciones son libremente negociables, salvo que se pacte derecho de preferencia.
• Pago de Capital. Suscribir el 50 % del capital autorizado y pagar la tercera parte del capital suscrito.
• Revisor Fiscal. Requiere.



 SOCIEDAD ANONIMA

• Nombre o Razón Social. Nombre de la empresa acompañado de la expresión S.A.
• Tipo de socios. Accionistas
• Capital Social. Se divide en acciones de igual valor.
• Número de socios o accionistas. Mínimo cinco accionistas y no hay limite máximo.
• Responsabilidad de los socios. Hasta el monto de sus aportes.
• Órganos sociales. Asamblea general de accionistas, junta de socios y representante legal.
• Cesión de participaciones sociales. No requiere reforma estatutaria.
• Pago de Capital. Suscribir el 50 % del capital autorizado y pagar la tercera parte del capital suscrito.
• Revisor Fiscal. Requiere

 SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

• Nombre o Razón Social. Nombre de la empresa y LTDA.
• Tipo de socios. Socios
• Capital Social. Se divide en cuotas de igual valor.
• Número de socios o accionistas. Mínimo dos socios y máximo 25.
• Responsabilidad de los socios. Hasta el monto de sus aportes.
• Órganos sociales. Junta de socios y representante legal.
• Cesión de participaciones sociales. Existe derechos de preferencia, no requiere reforma estatutaria.
• Pago de Capital. Pagar la totalidad del capital en el momento de la constitución de la sociedad.
• Revisor Fiscal. No requiere.

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