sábado, 5 de junio de 2010

CONTABILIDAD

CONTABILIDAD



 DEFINICION DE CONTABILIDAD

Es la ciencia y técnica que permite recopilar, clasificar y registrar las operaciones mercantiles de una empresa para producir informes que sirven de base para la toma de decisiones.

 OBJETIVOS DE LA CONTABILIDAD

1. Suministrar en cualquier momento información en forma ordenada y sistemática sobre los movimientos económicos y financieros de la empresa.
2. Establecer en términos monetarios la cuantía de los bienes, deudas y patrimonio que posee la empresa.
3. Control de todos los ingresos y egresos.
4. Facilitar la planeación de operaciones mercantiles y situaciones futuras.
5. Determinar las utilidades y pérdidas obtenidas al finalizar el ciclo contable.
6. Servir de fuente confiable y real ante terceros (proveedores, bancos y estado).

 CLASIFICACION DE LA CONTABILIDAD

Según la empresa donde se aplique puede ser:

1. Privada. Es aplicada en empresas en las cuales los propietarios son personas particulares y se subdivide en :

• Costos. Aplica en empresas industriales que conducen a determinar el costo de productos semielaborados y terminados.
• Comercial. Se utiliza en empresas comerciales, registra y controla actividades en la compra – venta de mercancías.
• Servicios. Dedicada a la prestación de servicios.
• Bancaria. Aplica en entidades financieras, registra operaciones en bancos o corporaciones de ahorro y crédito.


2. Oficial. Permite registrar todas las actividades económicas de empresas estatales.

RELACION DE LA CONTABILIDAD CON LA EMPRESA

Se relaciona con la empresa ya que todas sus dependencias generan documentos y comprobantes en cada transacción u operación que se realice y esto conlleva a que en cada documento, una copia sea enviada al departamento de contabilidad para que este sea registrado; toda área que genere un documento y afecte de alguna manera las finanzas del negocio, necesariamente tiene que enviar copia al departamento de contabilidad.
Adicional a esto los altos directivos solicitan a contabilidad información que tendrá alguna consecuencia en las decisiones que se vayan a tomar.

SOCIEDADES

SOCIEDADES


La sociedad mercantil o sociedad comercial es aquella sociedad que tiene por objeto la realización de uno o más actos de comercio o, en general, una actividad sujeta al derecho mercantil. Se diferencia de un contrato de sociedad civil.


 SOCIEDAD COLECTIVA

• Nombre o Razón Social. Nombre y apellidos de uno o varios socios seguido de la expresión & compañía, hermanos e hijos.
• Tipo de socios. Socios
• Capital Social. El capital se divide en partes de interés cuyo valor puede ser desigual.
• Número de socios o accionistas. Mínimo 2 y no hay límite máximo.
• Responsabilidad de los socios. Solidaria e ilimitada.
• Órganos sociales. Junta de socios, Representante Legal
• Cesión de participaciones sociales. Requiera autorización expresa de los consocios y reforma estatutaria.
• Pago de Capital. En la escritura de la constitución de la sociedad de los socios se obligan a hacer un aporte
• Revisor Fiscal. No requiere.

 SOCIEDAD EN COMANTIDA SIMPLE

• Nombre o Razón Social. Nombre o apellido de los socios que tienen responsabilidad ilimitada, seguido de y cía. s en c.
• Tipo de socios. Colectivos o Gestores y Comanditarios
• Capital Social. El capital se divide en cuotas de igual valor que confieren un voto a cada una. Se integra con los aportes de capital de los socios comanditarios y colectivos
• Número de socios o accionistas. Mínimo un socio gestor y máximo 25 socios comanditarios.
• Responsabilidad de los socios. Solidaria e ilimitada la de los socios gestores.
• Órganos sociales. Junta de socios y Representante Legal
• Cesión de participaciones sociales. Los socios comanditarios pueden ceder sus cuotas libremente. Los socios gestores requieren autorización expresa de los demás comanditarios.
• Pago de Capital. Pagar la totalidad del capital en el momento de la constitución de la sociedad.
• Revisor Fiscal. No requiere.





 SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES

• Nombre o Razón Social. Nombre de la empresa seguida por la expresión S.C.A (sociedad en comandita por acciones)
• Tipo de socios. Colectivos o Gestores y Comanditarios
• Capital Social. El capital se divide en acciones de igual valor y es integrado por los aportes de los socios colectivos y comanditarios.
• Número de socios o accionistas. Mínimo un socio gestor y cinco comanditarios y no hay límite máximo.
• Responsabilidad de los socios. Hasta el monto de sus aportes, la de los socios comanditarios.
• Órganos sociales. Asamblea de asociados y Representante legal.
• Cesión de participaciones sociales. Las acciones son libremente negociables, salvo que se pacte derecho de preferencia.
• Pago de Capital. Suscribir el 50 % del capital autorizado y pagar la tercera parte del capital suscrito.
• Revisor Fiscal. Requiere.



 SOCIEDAD ANONIMA

• Nombre o Razón Social. Nombre de la empresa acompañado de la expresión S.A.
• Tipo de socios. Accionistas
• Capital Social. Se divide en acciones de igual valor.
• Número de socios o accionistas. Mínimo cinco accionistas y no hay limite máximo.
• Responsabilidad de los socios. Hasta el monto de sus aportes.
• Órganos sociales. Asamblea general de accionistas, junta de socios y representante legal.
• Cesión de participaciones sociales. No requiere reforma estatutaria.
• Pago de Capital. Suscribir el 50 % del capital autorizado y pagar la tercera parte del capital suscrito.
• Revisor Fiscal. Requiere

 SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

• Nombre o Razón Social. Nombre de la empresa y LTDA.
• Tipo de socios. Socios
• Capital Social. Se divide en cuotas de igual valor.
• Número de socios o accionistas. Mínimo dos socios y máximo 25.
• Responsabilidad de los socios. Hasta el monto de sus aportes.
• Órganos sociales. Junta de socios y representante legal.
• Cesión de participaciones sociales. Existe derechos de preferencia, no requiere reforma estatutaria.
• Pago de Capital. Pagar la totalidad del capital en el momento de la constitución de la sociedad.
• Revisor Fiscal. No requiere.

LA EMPRESA

LA EMPRESA

CODIGO DE COMERCIO

Título I “De los comerciantes”

 QUIEN ES LA PERSONA COMERCIANTE


Es toda aquella persona natural o jurídica que pueda realizar actividades económicas a las cuales la ley considera como mercantiles, sin embargo las personas que realicen operaciones mercantiles no se denominan comerciantes pero se sujetan a la ley mercantil.

La ley comercial manifiesta que toda persona según las leyes comunes tendrán capacidad para contratar y obligarse a ejercer el comercio teniendo en cuenta ciertos puntos de vista como son los siguientes:

• Según las actividades que realizan las empresas mercantiles
• Personas que ejecutan las actividades de comercio.
• Volumen de producción y comercialización

Una persona comerciante es aquella que cumple con las siguientes condiciones:

• Cumple con los requisitos de la ley.
• Realiza una actividad mercantil
• Tiene Registro Mercantil
• Se anuncia como comerciante
• Tiene un establecimiento de comercio
• No son comerciantes las personas que estén en actividades primarias


 DEBERES DE LOS COMERCIANTES

• Estar matriculado en el Registro Mercantil
• Registrar todos los actos, libros y documentos de acuerdo a los que la ley exija
• Llevar contabilidad (entradas, salidas, gastos, compras, etc.)
• Conservar la correspondencia y demás documentos relacionados con su negocio.
• Abstenerse de de ejecutar actos de competencia desleal.


Título II “De los Actos, operaciones y Empresas comerciantes”

 Son mercantiles para los efectos legales :

1. Adquisición de bienes a titulo valor con destino a ser vendidos.
2. La compra a titulo valor de bienes, muebles para arrendarlos.
3. Prestamos de dinero a mutuo interés con o sin garantía.
4. Compra o venta a titulo valor de establecimientos de comercio y el arrendamiento, administración y otras operaciones relacionadas con los mismos.
5. Intervenir como asociado en la constitución de una actividad comercial, administración o negocio a titulo oneroso de las partes de interés.
6. Operaciones realizadas con los títulos valores así como la compra para reventa, permuta etc., de los mismos.
7. Las operaciones bancarias y ofrecimiento de varios valores por un bien.
8. Corretaje, actividad mercantil compra-venta a nombre de un tercero.
9. Aprovechamiento o prestación de servicios de puertos, muelles, puentes y campos de aterrizaje.
10. La actividad aseguradora.
11. Las empresas de transporte sin tener en cuenta la vía y medio utilizado.
12. Las empresas de fabricación, transformación, manufacturas y circulación de bienes.
13. Las empresas de depósito de mercaderías, provisiones, suministros y expendio de toda clase de bienes.
14. Las compañías que se dedican a todos los impresos para la prestación de servicios.
15. Las obras de construcción, instalación u ornamentaciones.
16. Empresas que aprovechan y explotan los recursos naturales.
17. Empresas fundadoras de negocio, compra-venta, administración, protección y transporte de toda clase de bienes.
18. Empresas que se dedican al sector automotriz.
19. Todas las actividades en principio legales.


 No son mercantiles

1. La compra de bienes para consumo domestico y la venta de los mismos o los sobrantes.
2. La compra de bienes para producir obras artísticas y la venta de ellas por su autor.
3. Las adquisiciones hechas por funcionarios o empleados a fines de servicio público.
4. La venta por parte de agricultores o ganaderos de los frutos de sus cosechas o ganados en su estado natural.